De iniciativa de la Comisión de Reforma del Estado, amplía de 5 a 10 días hábiles el plazo para que los titulares de las entidades, organismos y empresas el Estado presenten la información que requieran los asambleístas. La solicitud deberá explicar los motivos de su petición. La no entrega de la misma dará lugar al procedimiento previsto en el Reglamento de Fiscalización.
Publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 508, de 16 de enero de 2009
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